Ta'ãnga:Captain Miguel Grau Seminario.png

Kuatia retepy ndaipóri ambue ñe'ẽme.
Vikipetãmegua

Marandurenda moambue'ỹre(1512 × 2046 píxeles; tamaño de archivo: 3,04 MB; tipo MIME: image/png)

Ko marandurenda haꞌehína Wikimedia Commons guive ha ikatu ojeipuru ambue tembiaporãme. Pe ñemombeꞌupy oĩva marandurenda ñemombeꞌupy kuatia ryepýpe ojehechauka koꞌápe.

Resumen

Mombe'uanga
English: Captain Miguel Grau, renown officer from the Peruvian Navy, posing for a photograph.
Arange
Moõgui oguenohẽ Miguel Grau. Lima, Peru: Centro Naval del Perú, 1978.
Apohára Eugene Courret

Licencia

Public domain
Esta obra está en el dominio público en los Estados Unidos porque fue publicada (o registrada con la Oficina del Derecho de Autor de los E.E. U.U.) antes del 1 de enero de 1929.

Los trabajos en el dominio público deben haber expirado su copyright en los Estados Unidos y en el país de origen para ser subidos a Commons. Si el trabajo no es un trabajo estadounidense, el archivo debe tener una marca de derechos de autor adicional indicando el estatus del copyright del país de origen.
Public domain Acorde a la ley 13714 (1961), bajo la administración del gobierno de Manuel Prado, y el artículo 4.3 de la Convención Universal sobre Derecho de Autor esta fotografía entró en el dominio público en Perú antes de 1996 porque fue tomada y presentada del negativo a papel o similar antes del 31 de diciembre de 1975 y se protegió por 20 años después de la primera divulgación de su ejemplar a partir del 1 de enero del año siguiente.
En el caso que la copia se divulgue inicialmente desde 1976 por otra persona o empresa, el D.L. 822 (1996) establece que las tomas realizadas antes del 31 de diciembre de 1953 entran automáticamente el dominio público, 70 años después de su creación a partir del 1 de enero del año siguiente. Para mayor información consulta la página sobre los derechos de autor en Perú.

Se entiende que es fotografía simple cuando el autor no lo incluyó en exclusiva para su obra literaria o científica. No aplica al reproducir una obra artística "de dominio privado" o de meramente documental. En caso que sea cedida por una editorial, incluso periodística, los derechos exclusivos de circulación por esta son por 5 años sin extender la duración. Es necesario indicar el nombre del autor o titular de la foto y la fecha de publicación.
Advertencia: El D.L. 822 señala que algunas obras "gozan de los plazos de protección más extensos reconocidos en ésta Ley" pero este deniega la retroactividad hacia trabajos expirados. Es necesario incluir una plantilla que explique por qué está en el dominio público en los Estados Unidos.[822/1996 Disposiciones Transitorias 1 y Art. 144]
Excepciones: A pesar que aquellas publicadas inicialmente entre 1976 y 1996 reciben protecciones variadas, podrían no aplicarse en este año y la fecha LARU de 1996 en el caso de que: su dueño nunca se conoció o no llevó la etiqueta de "prohibida su reproducción" para materiales publicados antes de 1981 (use {{PD-Peru-anonymous}} si lo requiere), material inédito creado antes de 1926 o material de un autor fallecido antes de 1931 (use {{PD-Peru-1961law}} si lo requiere).


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método de determinación español: SHA-1 español

3 183 463 byte

altura español

2046 píxel

ancho español

1512 píxel

Marandurenda rembiasakue

Ejopy peteĩ ára/aravo rehe rehecha hag̃ua pe marandurenda ojehechaukaháicha upe jave.

Ára/AravoMichĩháichaTuichakuePuruháraJehaimombyky
ko’ag̃agua04:39 19 jasyrundy 201404:39 19 jasyrundy 2014 michĩháicha1512 × 2046 (3,04 MB)MarshalN20User created page with UploadWizard

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